La Plataforma vecinal contra las plantas de asfalto y hormigón por un Oviedo Saludable (PVOS) lleva desde finales de 2017 movilizándose contra la instalación de una planta de asfalto en el municipio ovetense de Priorio. El proyecto de la empresa pasa por ubicar esa industria en el terreno que ocupa desde hace décadas Canteras Mecánicas Cárcaba (CMC), propiedad de la multinacional Hanson hasta hace dos años, y desde entonces en manos del asturiano Grupo Mota. La plataforma vecinal ha emprendido numerosas acciones legales para tratar de frenar el proyecto, que de momento sigue adelante, y ayer presentó en rueda de prensa su última ofensiva judicial contra la planta de asfalto.
La asociación ha solicitado en el Juzgado número 6 de lo Contencioso-Administrativo que paralice la instalación de la planta industrial aludiendo a una sentencia de 2002 en la que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) retiró del Plan Especial de Industrias Extractivas una franja de terreno por distar menos de 250 metros de un núcleo de población, quedando así fuera de la ordenación. Es precisamente en esa franja de terreno en la que se ubicaría una de las infraestructuras esenciales para la instalación de una planta de asfalto. Bajo el criterio de la plataforma, la sentencia del TSJA ha de prevalecer sobre las posteriores resoluciones.

Por este motivo, el pasado mes de julio PVOS solicitó al Ayuntamiento de Oviedo que deniegue los permisos para la planta de asfaltos, “por ser imposible otorgarlos dada la exclusión de la planta de tratamiento existente y del acceso, por una sentencia del año 2002, del PEIE (Plan Especial de Industrias Extractivas) o Plan de Canteras de Oviedo”.
Según sostienen los vecinos, “la pretensión del promotor era construir una planta de asfaltos dentro de la explotación minera aprovechando que la cantera podía nutrir a la misma de caliza. Pero el tratamiento de esa caliza para triturarla pasa por el empleo de unas instalaciones que están fuera de ordenación por una sentencia firme, lo mismo que lo está el acceso, y donde no cabe nuevo uso o empleo por estar ajenas al Plan de Canteras. O sea, ni la construcción de la planta de asfaltos ni su funcionamiento pueden tener encaje en el ordenamiento vigente, y por lo tanto, al margen de todos los debates acontecidos, no pueden obtener licencia municipal”.
































